Clínica Ciudad del Mar: El finiquito sin reserva extingue la tutela por despido injustificado de enfermera
(RIT: T-131-2013): Una enfermera prestó servicios desde el 20 de septiembre de 2012 hasta el 31 de marzo de 2013. Denuncia que el término de su contrato (no renovación) fue un «despido indigno, discriminatorio, injustificado e intempestivo».
➡️LA DEMANDANTE
Los hechos que alega como vulneratorios de sus derechos fundamentales son:
💠Malas Prácticas de Jefatura: Falta de apoyo de su supervisora, quien no tomó en cuenta sus intentos de mejorar el servicio (reporte de problemas, registros).
💠Condiciones Laborales Deficientes: Falta de un carro de paro en su unidad, problemas de sobrecupo y extensión de horario laboral (horas extras) que no eran remuneradas en dinero, sino a cambio de horas libres, lo cual le fue desfavorable
💠Despido Indigno: Afirma que fue despedida por la supervisora con razones infundadas (falta de interés, falta de impronta). El momento del despido fue en la oficina de Recursos Humanos. Luego, la supervisora le pidió su credencial y que sacara sus cosas del cajón para que otra colega guardara las suyas, todo delante del resto del personal, haciéndole sentir «como un objeto desechable»..
➡️ LA CLÍNICA
La Clínica solicitó el rechazo de la demanda:
🔷Causal de Término Legal: El contrato de la actora era a plazo fijo y terminó por la causal legal de «vencimiento del plazo convenido» (Art. 159 N° 4).
🔷Excepción de Finiquito y Cosa Juzgada: Alegan que la trabajadora firmó el finiquito el 29 de abril de 2013 ante Notario Público (Ministro de Fe) sin hacer reserva ni reclamo alguno.
▶️ ¿QUÉ RESOLVIÓ EL TRIBUNAL?
➡︎Acoger la excepción de finiquito interpuesta por la demandada.
➡︎Rechazar íntegramente la demanda
El Tribunal determinó que la trabajadora firmó el finiquito ante Notario Público (Ministro de Fe) sin dejar constancia de ninguna reserva o reclamo. De acuerdo con el artículo 177 del Código del Trabajo, el finiquito ratificado en esas condiciones tiene poder liberatorio y el mérito de una sentencia firme o ejecutoriada, extinguiendo los derechos y obligaciones derivados de la relación laboral