01 — Despido por Desahucio 02 — Despido Disciplinario 03 — Vulneración de Derechos 04 — Necesidades de la Empresa 05 — Autodespido 06 — Asesoría a Sindicatos 07 — Accidentes Laborales 08 — Defensa de Empresas El estudio Calculadora finiquito Correos para oficios Noticias Derechopedia

9:00 - 17:30

Lunes a viernes

+56 9 74717602

LinkedIn

Facebook

Instagram

Search

Cargo: Gerente de Tienda, desahucio y Rendic Hermanos S.A.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua dictó sentencia en el procedimiento RIT O-53-2022. El fallo fue pronunciado por la jueza Lidia María Ferrada Valdebenito.

La ratio decidendi se centra en determinar si un gerente de tienda de un supermercado posee facultades generales de administración para ser objeto de un despido por desahucio (19 de noviembre de 2022). El tribunal analizó si el cargo se ajustaba al art. 161 inc. 2° del CdT.

La controversia jurídica pretende resolver si el nombre del cargo «Gerente de Tienda» es suficiente para aplicar la libre remoción. Asimismo, busca establecer si la supervisión de una unidad local específica equivale a tener poder de representación general de la empleadora.

¿Podían o no despedir a esta persona por desahucio?

El tribunal determinó que el despido fue injustificado. Aunque el contrato denominaba al trabajador como «gerente» y empleado de «exclusiva confianza», la realidad de sus funciones demostró una autonomía limitada y sujeta a constantes visaciones del nivel central.

El fallo sostiene que el demandante no tenía facultades para decidir unilateralmente contrataciones o desvinculaciones relevantes. Sus poderes se limitaban a la gestión operativa del local bajo estrictas políticas corporativas, careciendo de la potestad de comprometer patrimonialmente a la empresa de forma autónoma.

Puntos importantes a tener en cuenta:

  • La denominación del cargo en el contrato no prevalece sobre las funciones ejecutadas. El fallo indica que «si bien dan cuenta de jefatura a nivel de local, no se desprenden facultades generales de representación de la empleadora».
  • La estructura organizacional de grandes empresas limita la confianza exclusiva a niveles superiores. La sentencia señala que no es lógico que una empresa tenga más de 200 trabajadores con facultades que «puedan comprometer financieramente y patrimonialmente a la empresa».
  • La falta de autonomía en decisiones estratégicas desvirtúa la causal de desahucio. El tribunal constató que el actor «carecía de autonomía para decidir materias tales como, fijación de precios de mercaderías, fijación de metas de ventas» o políticas de marketing.

Conclusión Final:

Si usted cree que puede ser objeto de un despido por desahucio, debe analizar si realmente posee facultades de administración general. No se guíe solo por su título profesional; fíjese si tiene autonomía real para contratar, despedir o comprometer el patrimonio de la empresa sin autorizaciones previas.

¿Necesitas ayuda legal laboral?

Escríbenos por WhatsApp

No Comments

Sorry, the comment form is closed at this time.