Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales
Se accidentó en el trabajo. La mutual cubre la atención, pero el daño no termina ahí.
Cuando el accidente ocurre porque la empresa no tomó las medidas de seguridad necesarias, usted puede demandar una indemnización por daño moral y por los ingresos que dejará de percibir.
¿Le suena familiar?
La mutual le dio el alta. Las secuelas siguen ahí.
El seguro de la Ley 16.744 paga la atención médica, los subsidios y, según el grado de incapacidad, una indemnización o pensión. Pero no repara el dolor, las secuelas ni la pérdida de capacidad de trabajo. Eso debe pagarlo el empleador que no lo protegió.
- Sufrió una caída, un golpe o un atrapamiento por falta de protecciones, capacitación o equipos adecuados.
- Quedó con una incapacidad permanente y ya no puede trabajar igual que antes.
- Desarrolló una enfermedad por su trabajo: lesiones músculo-esqueléticas, hipoacusia, silicosis o trastornos de salud mental reconocidos por la mutual.
- Trabajaba para un contratista y el accidente ocurrió en la faena de la empresa principal.
- Un familiar falleció en un accidente laboral y nadie les ha dado respuestas.
El empleador tiene el deber legal de proteger eficazmente su vida y su salud. Si no lo hizo, responde. Nosotros reunimos la prueba para demostrarlo.
Qué puede reclamar
Más allá de lo que paga el seguro
Daño moral
El dolor y las secuelas
La indemnización por el sufrimiento, las secuelas físicas y psicológicas, y el impacto en su vida personal y familiar.
Lucro cesante
Los ingresos futuros perdidos
Si el accidente redujo su capacidad de trabajo, puede reclamar lo que dejará de ganar en los años siguientes.
Empresa principal
Más de un responsable
Si trabajaba para un contratista o subcontratista, la empresa dueña de la faena también puede responder por el accidente.
Base legal: art. 184 del Código del Trabajo y art. 69 de la Ley 16.744.
Cómo trabajamos
Tres pasos, sin letra chica
1
Cuéntenos qué pasó
Por WhatsApp o el formulario. Traiga la denuncia del accidente (DIAT o DIEP), los informes de la mutual y cualquier foto o testigo que tenga.
2
Evaluamos la responsabilidad
Revisamos si la empresa cumplió sus obligaciones de seguridad y estimamos cuánto podría reclamar. Si no hay caso, se lo decimos.
3
Demandamos y negociamos
Presentamos la demanda contra el empleador y, si corresponde, contra la empresa principal, y lo representamos hasta el pago.
Lo que usted obtiene
Usted enfoca su energía en seguir adelante. Nosotros, en su caso.
Sabe a qué atenerse desde el primer día
Le decimos si tiene caso, cuánto podría reclamar y qué riesgos existen antes de que decida demandar.
Paga según el resultado
En la mayoría de los casos de trabajadores cobramos solo si usted obtiene un resultado favorable.
Sus plazos, bajo control
Calculamos y vigilamos los plazos de caducidad para que no pierda su derecho por días.
Un abogado que conoce su causal
Desahucio, necesidades de la empresa, art. 160, tutela: es lo único que hacemos, todos los días.
Siempre informado
Le avisamos cada audiencia, cada escrito y cada propuesta de conciliación, en lenguaje claro.
Atención en todo Chile
Reuniones por videollamada y juicio electrónico: no importa en qué ciudad esté.
El estudio
No somos un estudio generalista. Somos exclusivamente laboralistas.
Sabemos que un despido golpea el bolsillo, la rutina y la confianza. Por eso le hablamos claro desde la primera reunión.
Llevamos más de una década dedicados únicamente al derecho del trabajo. Por eso conocemos los criterios de los tribunales, la jurisprudencia actualizada y las estrategias que funcionan en sala.
Representamos a ejecutivos de alta remuneración que enfrentan el fin de su trayectoria en una empresa y a trabajadores de cualquier nivel que merecen una defensa técnica. Atendemos en todo Chile de forma presencial, telefónica o por videollamada.
- Dónde atendemos. Oficina en Reñaca Norte 25, Of. 1405, Viña del Mar. Videollamada y teléfono en todo Chile.
- Horario. Lunes a viernes, 9:00 a 17:30.
- Docencia y gremio. Docentes en un curso de actualización de la Universidad de Chile y en el Diplomado en Normativa Laboral Aplicada de la UDLA. Participaron en la fundación de la Asociación de Litigantes Laborales (ALL A.G.).
- Trayectoria. Más de 400 trabajadores asesorados. Creadores de Derechopedia y de la calculadora de finiquito que usan abogados y trabajadores.
- Honorarios. En muchos casos trabajamos con honorarios de éxito. Evaluamos su caso antes de que usted se comprometa.
Evaluación en 1 minuto
¿Tengo un caso?
Responda unas pocas preguntas y le diremos qué señales vemos en su situación.
Preguntas sobre accidentes laborales
Lo que suelen preguntarnos
Si la mutual ya me atendió, ¿puedo igual demandar?
Sí. Las prestaciones de la mutual o del ISL son un seguro. La demanda contra el empleador busca reparar el daño moral y el lucro cesante que el seguro no cubre.
¿Puedo demandar si sigo trabajando en la empresa?
Sí. La ley lo protege, y cualquier represalia por demandar puede dar lugar a una acción de tutela.
¿Qué pasa si el accidente fue en parte mi culpa?
No impide demandar. El tribunal puede reducir el monto si hubo exposición imprudente al riesgo, pero la empresa sigue respondiendo si no tomó las medidas de seguridad necesarias.
¿Y si la mutual dice que no fue un accidente laboral?
Puede reclamar ante la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) dentro de 90 días hábiles. Si lo que discute es el porcentaje de incapacidad, el reclamo va a la Comisión Médica de Reclamos (COMERE) dentro de 30 días hábiles.
¿Y si fue un accidente de trayecto?
El seguro lo cubre si ocurrió en el trayecto directo entre su casa y el trabajo. En cambio, demandar al empleador por daño moral normalmente no procede, porque la empresa no controla ese trayecto, salvo casos como el transporte que ella misma provee.
¿Cuánto tiempo tengo para demandar?
Los plazos dependen de si la relación laboral sigue vigente y del tipo de acción. Algunos son breves, por lo que conviene consultar cuanto antes.
¿Cuánto cobran?
En la mayoría de los casos cobramos un porcentaje del resultado, que acordamos por escrito en la primera reunión.
Su caso merece una evaluación honesta.
Le diremos con claridad si existe un caso, qué puede obtener y cómo proceder.
Confidencial. Atención presencial en Viña del Mar y por videollamada en todo Chile.

