Jefe de Sucursal, desahucio y S.M. Ajustadores S.A.
El fallo fue pronunciado por el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, RIT T-542-2019, bajo la autoría del magistrado Jose Gabriel Hernández Silva.
La ratio decidendi se centra en determinar la validez del despido por desahucio escrito del empleador (29 de agosto de 2020). El tribunal analizó si las funciones reales del demandante correspondían a un cargo de exclusiva confianza según el art. 161 inc. 2° del CdT.
¿Es posible aplicar el desahucio a un Jefe de Sucursal basándose en la naturaleza de sus funciones y no solo en el nombre de su cargo? La sentencia busca resolver si la autonomía técnica y administrativa justifica la pérdida de la estabilidad relativa.
¿Podían o no despedir a esta persona por desahucio?
El tribunal determinó que el despido fue justificado bajo el art. 161 inc. 2° del CdT. Aunque el contrato original de 2007 lo calificaba como «Jefe de Sucursal», la realidad de sus labores demostró un carácter gerencial con amplias facultades de administración. El actor ejercía la máxima autoridad regional, representando los intereses de la empresa ante clientes y dirigiendo autónomamente el recurso humano y material.
Incluso sin poderes notariales de administración, el fallo subraya que el demandante decidía sobre contrataciones, despedía trabajadores y organizaba estructuras operativas. Esta discrecionalidad técnica y el trato de «igual a igual» con la gerencia general confirman que su cargo era, por naturaleza, de exclusiva confianza.
Puntos importantes a tener en cuenta:
- La denominación formal del cargo en el contrato es secundaria frente a la autonomía real: «las funciones correspondían a uno de esa naturaleza (gerencial)».
- La capacidad de decidir sobre el personal y representar a la empresa localmente es clave: «cuenta con capacidad de organizar y dirigir el trabajo de los dependientes, decidir sobre la marcha de los casos».
- La subordinación en estos cargos es menos rígida pero no desaparece: «la exclusiva confianza no exime la subordinación y dependencia… para este tipo de trabajadores serán más laxas».
Si usted cree que puede ser objeto de un despido por desahucio, debe fijarse en la realidad práctica de sus funciones. Según este fallo, no importa si su contrato dice «Jefe» o «Analista»; si usted toma decisiones estratégicas, tiene personal a cargo y actúa con discrecionalidad frente a terceros, el tribunal podría validar el uso de esta facultad excepcional del empleador.