Servicio de Salud Viña del Mar – Quillota y Hospital Gustavo Fricke: Tutela laboral por traslado funcional y asignación de 4° turno
(RIT T-100-2025) Una enfermera deduce una acción de tutela laboral por vulneración de los derechos fundamentales: Integridad Física y Psíquica (19 Nº1), honra (19 Nº4) y Libertad de Trabajo (19 Nº16). Además, solicita pago de la asignación de 4º turno, indemnización por daño moral y reintegro a la Unidad de Pacientes Críticos.
➡️ EL DEMANDANTE
🚩 Trabajadora del Hospital Gustavo Fricke es contratada en 2023 como enfermera profesional (contrata grado 15 en la Unidad de Pacientes Críticos).
🚩 En agosto 2024 participa en concurso para enfermera titular grado 12, pero no fue seleccionada. En consecuencia, la jefatura le informó que debía trasladarse a la Unidad de Medicina.
🚩A partir de este hecho, alega consecuencias negativas:
1. Pérdida de asignación de 4° turno
2. Pérdida de 10 días de vacaciones
3. Cancelación de un diplomado
4. Afectación emocional (trastorno de adaptación)
5. Afectación a la honra porque supuestamente se divulgó que “no cumplía el perfil”
6. Negativa del empleador a reintegrarla a UPC
➡️ EL SERVICIO DE SALUD Y HOSPITAL GUSTAVO FRICKE
Niegan vulneración de derechos fundamentales. El traslado obedecía a:
📍Falta de cupo en UPC tras el concurso.
📍Facultades de organización del hospital.
📍Pago del 4° turno dependiente de cupos por unidad,
📍El concurso fue regular y objetivo, la actora no aprobó la última etapa.
¿CUÁL FUE LA RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL?
🔺Se rechaza la demanda de tutela laboral:
Integridad: Enfermedad común, traslado justificado y sin presiones.
Honra: No se probó desprestigio ni difusión indebida.
Libertad de trabajo: No había cupo para regresar y la autoridad puede reasignar.
🔺Se rechaza el daño moral y demás medidas.
🔺Se acoge en cuanto al cobro de la asignación del 4to turno.