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Interpretación de «Necesidades de la Empresa» y descuentos en Finiquito

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Interpretación de «Necesidades de la Empresa» y descuentos en Finiquito

🌱 Este fallo aborda un recurso de nulidad contra una sentencia que declaró injustificado un despido y rechazó la compensación de anticipos. La controversia central giró en torno a la aplicación de la causal de «necesidades de la empresa» en un contexto de subcontratación y la procedencia de descuentos en el finiquito.

🔍 La sentencia impugnada consideró que las «necesidades de la empresa» deben ser razones internas, no decisiones de terceros como la finalización de un contrato con una mandante. Sin embargo, la Corte de Apelaciones discrepó, señalando que la causal también abarca circunstancias externas que afectan la viabilidad empresarial.

💡 Respecto a los descuentos en el finiquito por «anticipo de remuneraciones», la sentencia del grado estimó que excedían lo estipulado en un convenio. La Corte, en cambio, determinó que el artículo 58 del CdT no es aplicable al término de la relación laboral, permitiendo la compensación de deudas.

⚖️ El tribunal de alzada concluyó que el término de un contrato civil con una mandante sí puede configurar las «necesidades de la empresa» por la reducción del mercado. Además, la compensación de un préstamo o anticipo es procedente al término del vínculo laboral si fue convenido, invalidando el fallo en esos puntos.

🎯 Corolario 🎯

✨ La causal de «necesidades de la empresa» (artículo 161 inciso 1° CdT) «considera igualmente circunstancias de gran amplitud, propias del sistema económico en el cual participa la actividad empresarial».
🤝 Los descuentos por «anticipo de remuneraciones» en el finiquito son válidos si existe «una autorización del trabajador para descontar los montos asociados, no sólo en cuotas mensuales, sino que también del remanente para el caso de que se pusiera término a la relación laboral».
🔄 La compensación de deudas entre empleador y trabajador es aplicable al término de la relación laboral, «por concurrir todos los requisitos que la hacen operar conforme la ley».

👩‍⚖️ 🧑‍⚖️ 👩‍⚖️ La Corte acogió el recurso de nulidad, invalidando la sentencia del grado y estableciendo que el despido es justificado y los descuentos en el finiquito son procedentes mediante compensación.

(Redacción del Abogado Integrante señor Sergio Mauricio del Fierro San Cristóbal).

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