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Gerente de tienda, desahucio y Rendic Hermanos S.A. (Unimarc)

El Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, bajo el RIT O-210-2023 y la dirección de la jueza Mariangel Cabrera Rabié, dictó la sentencia analizada en este artículo.

La ratio decidendi del fallo radica en la validación de la causal de desahucio escrita contenida en el art. 161 inc. 2° del CdT (15-03-2024). El tribunal determinó que las funciones reales del demandante correspondían a un cargo con facultades de administración.

El conflicto jurídico se centra en determinar si el demandante, contratado como gerente de local, poseía efectivamente facultades generales de administración o era un cargo de exclusiva confianza. También se cuestionó la validez formal de la carta de despido.

¿Podían o no despedir a esta persona por desahucio?

El tribunal resolvió que el despido fue justificado tras contrastar el contrato de trabajo y el descriptor de cargo con la prueba testimonial. Se acreditó que el actor era la máxima autoridad del local, supervisando personal, gestionando inventarios y representando a la empresa ante fiscalizadores. Al poseer autonomía en la toma de decisiones operativas y administrativas, se configuró la hipótesis legal que permite el libre despido.

Puntos importantes a tener en cuenta:

  • La naturaleza del cargo se define por las atribuciones reales, pues el fallo indica que el demandante estaba «dotado de facultades generales de administración, razón por la cual la causal aplicada se encuentra plenamente justificada».
  • El desahucio no requiere expresión de hechos específicos en la comunicación, ya que «el desahucio constituye una causal subjetiva que le permite al empleador ponerle término al contrato de manera unilateral, sin necesidad de expresar las razones».
  • La acreditación de descansos es carga del empleador, concluyendo el tribunal que «la empleadora deberá cancelar al actor el saldo restante, esto es, 126.91 días hábiles, más 33 días inhábiles» por feriados no probados.

Si usted considera que puede ser objeto de un despido por desahucio, debe analizar si sus funciones implican representar al empleador o dirigir la unidad económica. Este fallo demuestra que la justicia prioriza la autonomía y responsabilidad real del trabajador sobre las limitaciones formales que este alegue tener en su cargo.

Kopaitic & Asociados — Derecho Laboral
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El plazo para demandar es de 60 días hábiles desde el despido — no lo dejes pasar.

Advertencia

Para verificar la integridad del fallo y antes de usarlo profesionalmente, sugerimos consultarlo en el sitio del Poder Judicial. Si se trata de un fallo de Corte de Apelaciones o Juzgado, verifique si se encuentra firme y ejecutoriado en el mismo sitio.

Los análisis de sentencias realizados en Kopaitic & Asociados tienen como finalidad explicar cómo han fallado los tribunales de justicia. El estado actual de cada uno debe ser revisado en la Oficina Judicial Virtual (OJV).

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