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— Dictamen N°3.662

¿Los bonos se incluyen en el cálculo del sueldo base?

En el Dictamen de la Dirección del Trabajo, N°3.662, de fecha 17.08.10 se complementa la doctrina sobre el concepto de sueldo base según la ley Nº 20.281. Establece que el sueldo base debe ser un estipendio fijo, en dinero, pagado por períodos iguales determinados en el contrato y que responda a la prestación de servicios en una jornada ordinaria de trabajo. Además, puede incluir beneficios fijos como bonos de puntualidad y asistencia, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.

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