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Perjuicio material · Art. 160 N° 6

Lo culpan de un daño a la empresa. ¿Fue intencional?

Esta causal exige que usted haya causado un daño material intencionalmente en instalaciones, maquinarias, herramientas, productos o mercaderías. Un accidente o un descuido no la configuran.

¿Le suena familiar?

Un daño que ocurrió en su turno y ahora le atribuyen a usted.

La clave de esta causal es la intención. Si el daño fue accidental o por desgaste, la causal no procede.

  • Una máquina se dañó mientras usted la operaba, sin culpa suya.
  • Se perdió o deterioró mercadería y no hay prueba de quién fue.
  • El equipo tenía fallas previas que nadie reparó.
  • La carta no explica cómo ni cuándo habría causado el daño.
  • Le descontaron el daño del sueldo o del finiquito.

Sin intención, no hay perjuicio material. Revisamos la prueba para demostrar qué pasó realmente.

Qué debe saber

Lo que exige la ley

Intención

Daño causado a propósito

La ley exige intencionalidad. La negligencia o un accidente no bastan para esta causal.

Bienes

Instalaciones, equipos o productos

El daño debe recaer en instalaciones, maquinarias, herramientas, útiles de trabajo, productos o mercaderías.

Prueba

Debidamente acreditado

El empleador debe probar el daño, su autoría y la intención en el juicio.

Qué puede obtener

Si el tribunal le da la razón

Indemnización

Años de servicio

Un mes de remuneración por cada año trabajado (con tope legal), que el despido por falta grave le había quitado.

Aviso previo

Mes de aviso

La indemnización sustitutiva del aviso previo: una remuneración mensual adicional.

Recargo

Recargo legal

La indemnización por años de servicio se paga con recargo, que es mayor cuando se le imputó una conducta grave sin motivo plausible.

Si además había cotizaciones impagas, puede pedir la nulidad del despido. Estime montos con nuestra calculadora de finiquito.

Cómo trabajamos

Tres pasos, sin letra chica

1

Revisamos su carta

Analizamos la carta de despido, su contrato y los documentos que tenga. Le decimos con franqueza si hay caso y qué puede reclamar.

2

Reunimos la prueba

Identificamos testigos, correos, mensajes y registros que desmienten o matizan los hechos que le imputan.

3

Demandamos dentro de plazo

Presentamos la demanda dentro de los 60 días hábiles y lo representamos en todas las audiencias hasta el pago.

Lo que usted obtiene

Usted enfoca su energía en seguir adelante. Nosotros, en su caso.

Sabe a qué atenerse desde el primer día

Le decimos si tiene caso, cuánto podría reclamar y qué riesgos existen antes de que decida demandar.

Paga según el resultado

En la mayoría de los casos de trabajadores cobramos solo si usted obtiene un resultado favorable.

Sus plazos, bajo control

Calculamos y vigilamos los plazos de caducidad para que no pierda su derecho por días.

Un abogado que conoce su causal

Desahucio, necesidades de la empresa, art. 160, tutela: es lo único que hacemos, todos los días.

Siempre informado

Le avisamos cada audiencia, cada escrito y cada propuesta de conciliación, en lenguaje claro.

Atención en todo Chile

Reuniones por videollamada y juicio electrónico: no importa en qué ciudad esté.

Evaluación en 1 minuto

¿Tengo un caso?

Responda unas pocas preguntas y le diremos qué señales vemos en su situación.

El estudio

No somos un estudio generalista. Somos exclusivamente laboralistas.

Sabemos que un despido golpea el bolsillo, la rutina y la confianza. Por eso le hablamos claro desde la primera reunión.

Llevamos más de una década dedicados únicamente al derecho del trabajo. Por eso conocemos los criterios de los tribunales, la jurisprudencia actualizada y las estrategias que funcionan en sala.

Representamos a ejecutivos de alta remuneración que enfrentan el fin de su trayectoria en una empresa y a trabajadores de cualquier nivel que merecen una defensa técnica. Atendemos en todo Chile de forma presencial, telefónica o por videollamada.

  • Dónde atendemos. Oficina en Reñaca Norte 25, Of. 1405, Viña del Mar. Videollamada y teléfono en todo Chile.
  • Horario. Lunes a viernes, 9:00 a 17:30.
  • Docencia y gremio. Docentes en un curso de actualización de la Universidad de Chile y en el Diplomado en Normativa Laboral Aplicada de la UDLA. Participaron en la fundación de la Asociación de Litigantes Laborales (ALL A.G.).
  • Trayectoria. Más de 700 trabajadores asesorados. Creadores de Derechopedia y de la calculadora de finiquito que usan abogados y trabajadores.
  • Honorarios. En muchos casos trabajamos con honorarios de éxito. Evaluamos su caso antes de que usted se comprometa.
Emilio Kopaitic Aguirre

Emilio Kopaitic Aguirre

Socio fundador · Ver currículum

Francisca Contardo Pi

Francisca Contardo Pi

Abogada asociada · Ver currículum

Preguntas sobre el perjuicio material

Lo que suelen preguntarnos

¿Pueden descontarme el daño del sueldo o del finiquito?

No por decisión unilateral del empleador. Los descuentos están limitados por ley; si se los hicieron, se pueden reclamar.

¿Y si el daño fue por negligencia?

La negligencia no configura esta causal, que exige intención. La empresa podría intentar otra causal, pero debe haberla indicado en la carta.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar?

60 días hábiles desde el despido. Si antes presenta un reclamo en la Inspección del Trabajo, el plazo se suspende, pero no puede superar en total los 90 días hábiles.

¿Firmo el finiquito?

Puede firmarlo escribiendo a mano «me reservo el derecho a demandar». Si ya lo firmó sin reserva, consúltenos antes de descartar una demanda.

¿Cuánto cobran?

En la mayoría de los casos cobramos un porcentaje del resultado, que acordamos por escrito en la primera reunión.

Su caso merece una evaluación honesta.

Le diremos con claridad si existe un caso, qué puede obtener y cómo proceder.

Confidencial. Atención presencial en Viña del Mar y por videollamada en todo Chile.

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