Licencia médica y gratificación legal: aplicación del art. 50 del Código del Trabajo
💡 Pago Proporcional de Gratificación con Licencia Médica
📜 Dictamen N°4930/60, de 19.12.2013
Cuando el empleador aplica el sistema del artículo 50 del Código del Trabajo —esto es, pagar el 25% de las remuneraciones con un tope de 4,75 ingresos mínimos mensuales—, la gratificación debe pagarse de forma proporcional si el trabajador se encuentra con licencia médica.
Esto ocurre porque la parte correspondiente a los días de licencia se incluye en el cálculo del subsidio de incapacidad laboral que paga la entidad previsional.
En otras palabras, durante el período de licencia, el empleador paga la proporción de gratificación por los días efectivamente trabajados, y la parte restante se cubre mediante el subsidio.
🏥 El beneficio no se pierde, solo cambia la forma en que se paga.