01 — Despido por Desahucio 02 — Despido Disciplinario 03 — Vulneración de Derechos 04 — Necesidades de la Empresa 05 — Autodespido 06 — Asesoría a Sindicatos 07 — Accidentes Laborales 08 — Defensa de Empresas El estudio Calculadora finiquito Correos para oficios Noticias Derechopedia

9:00 - 17:30

Lunes a viernes

+56 9 74717602

LinkedIn

Facebook

Instagram

Search

El Fisco no responde como “empresa principal”

Kopaitic & Asociados > Uncategorized  > El Fisco no responde como “empresa principal”

El Fisco no responde como “empresa principal”

Un trabajador demandó a su empleadora y también al Fisco por su despido en la obra “Puente Industrial”. El tribunal de primera instancia había condenado subsidiariamente al Estado.

La Corte señaló que el MOP actúa solo como concedente, no como contratista, por lo que “carece de la calidad de empresa principal en los términos del art. 183-A CdT”. Rechazó que el uso del formulario F-30 bastara para extender la responsabilidad: “Hacerlo supondría crear una forma de responsabilidad no prevista en la ley”. Luego, la Corte absolvió al Fisco y recordó que, en obras concesionadas, la responsabilidad subsidiaria se detiene en la concesionaria, no alcanza al Estado.

No Comments

Sorry, the comment form is closed at this time.