14
noviembre
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Continuidad laboral traslada las deudas e incumplimiento al nuevo empleador
La Corte señaló que la continuidad laboral no solo mantiene la antigüedad: también traslada al nuevo empleador las deudas y los incumplimientos del anterior.
Aunque la empresa tenía la obligación de otorgar y pagar los feriados adeudados, alegó que no podía ser responsable de un incumplimiento en que no incurrió. La Corte dijo que no era así: responde como continuadora legal.
Y pasar de pago quincenal a mensual sin acuerdo —dijo— es un incumplimiento grave por sí mismo, sin necesidad de probar perjuicio.