Tramitación de demanda de despido y tutela: suspensión de relación laboral por licencia médica
⚖️ Se ordena tramitar demanda de despido y tutela, reconociendo suspensión de relación laboral por licencia médica. Un precedente clave para la protección de derechos laborales.
👨⚖️ Razonamiento Judicial 👩⚖️
La controversia principal se centró en la caducidad de las acciones de tutela laboral y despido injustificado, declarada de oficio por el juzgado. El tribunal del grado había estimado que la demanda fue presentada fuera de plazo, sin considerar el estado de licencia médica de la trabajadora al momento del despido verbal.
Aplica art. 161 CdT y suspensión por Licencia Médica a Despido Verbal
La Corte de Apelaciones de Santiago revocó esta decisión. Fundamentó su resolución en el derecho a la tutela judicial efectiva, esencial para que toda pretensión sea conocida por los tribunales. Este principio se vincula con la revisión judicial de actos administrativos.
Se estableció que, durante una licencia médica, la relación laboral se suspende. Esto es crucial para el cómputo de plazos. En este caso, el trabajador acompañó comprobantes de sus licencias médicas.
En consecuencia, el despido verbal alegado ocurrió mientras la relación laboral estaba suspendida. Por tanto, la denuncia por vulneración de derechos fundamentales y la demanda subsidiaria por despido injustificado se presentaron dentro de los plazos legales establecidos en los artículos 489 y 168 del CdT.
La Corte ordenó al juzgado de origen dar curso inmediato a la demanda, anulando la declaración de caducidad. Se enfatizó que el despido verbal durante licencia médica no interrumpe la suspensión, extendiendo el plazo para reclamar.
🎯 Puntos Clave 🎯
🧑⚖️ La tutela judicial efectiva garantiza el acceso a la justicia y la revisión de decisiones, incluso de oficio.
⏳ La licencia médica suspende la relación laboral, afectando el cómputo de plazos para acciones de despido.
📝 La demanda se consideró presentada en plazo al entender la suspensión, protegiendo los derechos del trabajador.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago reafirma que la caducidad no puede ser declarada cuando la relación laboral se encuentra suspendida por licencia médica, garantizando así el acceso a la justicia y la protección de los derechos fundamentales.
(Corte de Apelaciones de Santiago, Rol N° 1986-2023).