Esta causal se refiere a las «negociaciones que ejecute el trabajador dentro del giro del negocio y que hubieren sido prohibidas por escrito en el respectivo contrato por el empleador». Se entiende por «negociaciones» cualquier operación o actividad relacionada con el negocio del empleador, incluso trabajar para un competidor. Deben ser actividades realizadas por cuenta propia o asociado con otros, dentro del mismo tipo de negocio del empleador.
Examinamos minuciosamente tu contrato para verificar la existencia y la especificidad de la prohibición. Investigamos si la actividad imputada realmente se enmarca en el giro del negocio y si la prohibición se te informó claramente. Te ayudamos a argumentar si la causal fue aplicada de manera demasiado amplia o sin la prueba necesaria de la ejecución efectiva o el daño