La falta de precisión en la carta de despido y el deber de motivar la causal
💡 En este caso, el tribunal analizó el despido de una Subgerente de Trámites de Automotriz Cordillera S.A., acusado de “incumplimiento grave de las obligaciones contractuales” bajo el art. 160.7 del CdT. Sin embargo, el juez concluyó que la empresa no logró acreditar la gravedad ni la fuente concreta de los deberes supuestamente incumplidos, declarando el despido como indebido y ordenando el pago de las indemnizaciones correspondientes.
⁉️ ¿Qué tan precisa debe ser una carta de despido?
⁉️ ¿Basta invocar el art. 160.7 del CdT o es necesario identificar deberes y normas infringidas?
⁉️ ¿Cómo incide la falta de evidencia sobre manuales o instrucciones previas en la calificación del despido?
👨⚖️ Razonamiento Judicial
El tribunal sostuvo que la empresa basó su decisión en una auditoría interna por pagos a un funcionario municipal, pero sin acompañar pruebas de instrucciones, manuales o preceptos legales previos que prohibieran expresamente esa conducta. La carta de despido y el informe de auditoría se limitaron a mencionar un “riesgo de incumplimiento” de la Ley 20.393, sin detallar qué norma fue vulnerada.
📚 Para el juez, la carta carecía de “la debida motivación” y no describía una obligación “esencial, clara y previamente definida”. Así, no se configuró la gravedad exigida por el art. 160.7 del CdT, pues la empresa no demostró que la trabajadora incumpliera deberes contractuales conocidos ni instruidos previamente.
⚙️ Además, la prueba tampoco acreditó que la contratación del funcionario municipal infringiera una prohibición legal específica, destacando que incluso el Estatuto Administrativo permite ciertas funciones a honorarios fuera de jornada. Esta falta de precisión impidió justificar el despido disciplinario.
📑 En consecuencia, el tribunal acogió la demanda subsidiaria por despido indebido, ordenando pagar indemnización por 11 años de servicio, sustitutiva de aviso previo y el recargo legal del 80%.
🎯 Corolario
💬 “La falta de precisión respecto al contenido específico de la obligación incumplida impide estimar su gravedad”.
⚖️ “El reglamento interno no puede reemplazar la obligación del empleador de instruir y probar los deberes esenciales”.
📘 “El despido disciplinario requiere una carta clara, fundada y concordante con la prueba”.