Despido por falta de probidad · Art. 160 N° 1 a)
Lo acusaron de deshonesto. Esa acusación hay que probarla.
La falta de probidad es la causal más grave del Código del Trabajo: afecta su nombre y lo deja sin indemnización. Por eso los tribunales exigen hechos concretos, graves y debidamente acreditados.
¿Le suena familiar?
Una acusación que pesa más que el despido.
La falta de probidad es la falta de honradez, rectitud o lealtad en el trabajo. No exige que haya un delito, pero sí que la empresa demuestre hechos concretos.
- Lo acusan de apropiarse de dinero o productos, sin pruebas claras.
- Un descuadre de caja o de inventario se atribuye solo a usted.
- Le imputan haber usado recursos de la empresa en beneficio propio.
- La carta habla de «pérdida de confianza», pero no dice qué hizo.
- Hay una denuncia penal en curso y no sabe cómo afecta su caso laboral.
Sin hechos concretos y probados, no hay falta de probidad. Revisamos la carta y la prueba de la empresa para defender su indemnización y su reputación.
Qué debe saber
Lo que exige la ley
Hechos
Conducta concreta
La carta debe describir qué hizo, cuándo y dónde. Frases genéricas no bastan.
Gravedad
No cualquier error
Debe tratarse de una conducta deshonesta de carácter grave, no de una equivocación o descuido.
Prueba
Debidamente comprobada
El empleador debe acreditar los hechos en juicio. No es necesario que exista un delito ni que usted haya obtenido un beneficio.
Qué puede obtener
Si el tribunal le da la razón
Indemnización
Años de servicio
Un mes de remuneración por cada año trabajado (con tope legal), que el despido por falta grave le había quitado.
Aviso previo
Mes de aviso
La indemnización sustitutiva del aviso previo: una remuneración mensual adicional.
Recargo
Recargo legal
La indemnización por años de servicio se paga con recargo, que es mayor cuando se le imputó una conducta grave sin motivo plausible.
Si además había cotizaciones impagas, puede pedir la nulidad del despido. Estime montos con nuestra calculadora de finiquito.
Cómo trabajamos
Tres pasos, sin letra chica
1
Revisamos su carta
Analizamos la carta de despido, su contrato y los documentos que tenga. Le decimos con franqueza si hay caso y qué puede reclamar.
2
Reunimos la prueba
Identificamos testigos, correos, mensajes y registros que desmienten o matizan los hechos que le imputan.
3
Demandamos dentro de plazo
Presentamos la demanda dentro de los 60 días hábiles y lo representamos en todas las audiencias hasta el pago.
Lo que usted obtiene
Usted enfoca su energía en seguir adelante. Nosotros, en su caso.
Sabe a qué atenerse desde el primer día
Le decimos si tiene caso, cuánto podría reclamar y qué riesgos existen antes de que decida demandar.
Paga según el resultado
En la mayoría de los casos de trabajadores cobramos solo si usted obtiene un resultado favorable.
Sus plazos, bajo control
Calculamos y vigilamos los plazos de caducidad para que no pierda su derecho por días.
Un abogado que conoce su causal
Desahucio, necesidades de la empresa, art. 160, tutela: es lo único que hacemos, todos los días.
Siempre informado
Le avisamos cada audiencia, cada escrito y cada propuesta de conciliación, en lenguaje claro.
Atención en todo Chile
Reuniones por videollamada y juicio electrónico: no importa en qué ciudad esté.
Evaluación en 1 minuto
¿Tengo un caso?
Responda unas pocas preguntas y le diremos qué señales vemos en su situación.
El estudio
No somos un estudio generalista. Somos exclusivamente laboralistas.
Sabemos que un despido golpea el bolsillo, la rutina y la confianza. Por eso le hablamos claro desde la primera reunión.
Llevamos más de una década dedicados únicamente al derecho del trabajo. Por eso conocemos los criterios de los tribunales, la jurisprudencia actualizada y las estrategias que funcionan en sala.
Representamos a ejecutivos de alta remuneración que enfrentan el fin de su trayectoria en una empresa y a trabajadores de cualquier nivel que merecen una defensa técnica. Atendemos en todo Chile de forma presencial, telefónica o por videollamada.
- Dónde atendemos. Oficina en Reñaca Norte 25, Of. 1405, Viña del Mar. Videollamada y teléfono en todo Chile.
- Horario. Lunes a viernes, 9:00 a 17:30.
- Docencia y gremio. Docentes en un curso de actualización de la Universidad de Chile y en el Diplomado en Normativa Laboral Aplicada de la UDLA. Participaron en la fundación de la Asociación de Litigantes Laborales (ALL A.G.).
- Trayectoria. Más de 700 trabajadores asesorados. Creadores de Derechopedia y de la calculadora de finiquito que usan abogados y trabajadores.
- Honorarios. En muchos casos trabajamos con honorarios de éxito. Evaluamos su caso antes de que usted se comprometa.
Preguntas sobre la falta de probidad
Lo que suelen preguntarnos
¿Necesitan una condena penal para despedirme?
No. La causal laboral es independiente del proceso penal. Pero sin una condena, la empresa igual debe probar los hechos en el juicio laboral.
¿Qué pasa si el tribunal dice que la acusación no tenía motivo plausible?
Además de la indemnización y el mes de aviso, el recargo es mayor. En casos graves también puede pedirse una indemnización por el daño a su honra.
¿Cuánto tiempo tengo para demandar?
60 días hábiles desde el despido. Si antes presenta un reclamo en la Inspección del Trabajo, el plazo se suspende, pero no puede superar en total los 90 días hábiles.
¿Firmo el finiquito?
Puede firmarlo escribiendo a mano «me reservo el derecho a demandar». Si ya lo firmó sin reserva, consúltenos antes de descartar una demanda.
¿Cuánto cobran?
En la mayoría de los casos cobramos un porcentaje del resultado, que acordamos por escrito en la primera reunión.
Su caso merece una evaluación honesta.
Le diremos con claridad si existe un caso, qué puede obtener y cómo proceder.
Confidencial. Atención presencial en Viña del Mar y por videollamada en todo Chile.

