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noviembre
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Contratos honorarios no configuran vínculo laboral entre trabajadora y Municipalidad
El pasado 5 de septiembre, la Corte de Apelaciones de Arica resolvió una causa laboral en la que se discutía la existencia de vínculo laboral entre una trabajadora y la Ilustre Municipalidad de Arica.
El tribunal concluyó que los contratos a honorarios celebrados en el marco de la Ley N° 18.883 no configuran relación laboral, pues dichas prestaciones se rigen por lo estipulado en el contrato respectivo y no por el Código del Trabajo.